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| La Justicia ordenó suspender extracción en cantera |
| Viernes 03 de Febrero de 2012 17:01 - 5748 Lecturas. |
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La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería hizo lugar a una medida cautelar presentada por vecinos del barrio 106 Viviendas (Parque Alem) y ordenó suspender "toda actividad" en la cantera que explota Canteras Ñire S.A hasta que se resuelva un Recurso de Amparo presentado por los vecinos en el mes de diciembre de 2011. La problemática situación data de varios años atrás y en 2003 motivó una denuncia y una clausura temporal. En esa oportunidad se acordó que se retome la extracción con el compromiso de no avanzar sobre la pared lindera al barrio y la expectativa de que se realice una cierre definitivo. La continuidad de la explotación generó en 2009 y 2010 la firma de dos convenios con el ex intendente Marcelo Cascón para que no avancen. El tema tuvo un punto de inflexión en el mes de junio de 2011 cuando se produjo un desmoronamiento por las intensas lluvias a unos 50 metros de las viviendas. La situación generó la intervención de la Subsecretaría de Medio Ambiente de la Municipalidad y la Dirección de Inspección General que constataron la realización de trabajos no autorizados sobre la pared, labraron actas de infracción y solicitaron la remediación del lugar. Según definió el asesor legal de los vecinos, Jorge Olguin, se trata de la "medida más importante" porque detiene la actividad hasta que la Justicia determine "si corresponde o no" hacer lugar al Recurso de Amparo presentado para que se cierre totalmente ante el temor de los vecinos por su seguridad y la estabilidad de sus viviendas. "Es evidente que existen dos intereses en pugna, uno, el de los vecinos a obtener una adecuada calidad de vida que se encuentra en riesgo por las tareas en la cantera, otro, el del empresario que realiza la explotación de los minerales, que realiza un emprendimiento que beneficia sus intereses y los de la comunidad, extrayendo materiales para la construcción en la ciudad", reconoció el voto rector del juez Camperi que evaluó que entre ambos intereses "inclínome sin hesitación alguna por los de los primeros". En la sentencia se argumentó en favor de la "seguridad y tranquilidad" de los habitantes de los barrios que se encuentran en cercanías de la explotación por sobre "los legítimos intereses del propietario de la cantera". Agregó además que cuando se trata de afectaciones al medio ambiente, los "principios de pacífica recepción" aconsejan "actuar de manera de privilegiar los intereses generales sobre los particulares, receptando medidas que conlleven al cese de los perjuicios que pudieren estar ocasionándose".Finalmente, el fallo señaló que hubo un "escaso interés demostrado por los titulares de la cantera, quienes, pese a encontrarse debidamente notificados, no hubieron participado del reconocimiento judicial que se llevara a cabo el día 27 de diciembre del año 2011, desinterés que no condice con la naturaleza de la problemática en juego".
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La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería hizo lugar a una medida cautelar presentada por vecinos del barrio 106 Viviendas. Ordenó suspender "toda actividad" en la cantera que explota Canteras Ñire S.A hasta resolver un Recurso de Amparo presentado en el mes de diciembre. Foto archivo del mes de junio.