Defensa impugna a asociación que quiere ser querellante en la causa por la muerte del bebé

Judiciales

El abogado defensor, Marcos Cicciarello impugnó que la asociación Equipo de Prevención de Abuso y Maltrato de Menores (Epamm), de San Isidro, Buenos Aires, sea querellante en el marco de la causa por el bebé asesinado al nacer. Manifestó que el fin de la asociación es prevenir el maltrato y "no los homicidios dolosos". La jueza no resolvió el fondo de la cuestión y decidió primero escuchar a la representante de la asociación, dado que los abogados presentes nos patrocinantes pero no representantes. Además, anuló su participación en la impugnación del fallo.

La jueza Romina Martini resolvió revocar el decreto de impugnación en el que se contempló a la asociación porque lso abogados que presentaron el escribo no son representantes de la asociación, aunque en su momento se presentaron como si lo fueran. "Ese decreto lo tengo que revocar porque no responde a la realidad de los hechos, por eso quedan excluidos del recurso de impugnación", aclaró y agregó que ya venció el plazo para impugnar. Respecto al fondo de la cuestión, dijo que no lo tratará porque "vamos a esperar que comparezca la representante, que ellos puedan manifestar lo que quieran, tienen derecho a manifestar lo que quieran decir; si hoy resuelvo entiendo que mi decisión no sería justa porque no hubiese podido escuchar a todos".

Cicciarello planteó que la querella genera diversas responsabilidades como puede ser patrimoniales o penales, por lo que "me parece muy importante analizar extremadamente los recaudos". Planteó que la Asociación que se presenta no es víctima del delito por lo que no está amparada en los términos del artículo 18 de la Constitución Nacional, por la cláusula del debido proceso, ni la ampara el derecho a la tutela judicial efectiva del artículo 25 de la Convención Americana sino que los derechos que se invocan son derechos legales que reconoce el código procesal de la provincia.

Afirmó que para impugnar la decisión de aceptarla como querellante tiene varios argumentos, de forma, de fondo y otros que tienen que ver con la irregularidad de la asociación.

Cuestiona un decreto del 31 de mayo, donde obtuvo copia del escrito de presentación realizado junto con fragmentos del estatuto de la asociación. Manifestó que en el escrito de presentación de querella no está la firma original de la presidenta de la Asociación e hizo mención a los objetivos de la asociación para fundamentar su impugnación: prevención de abuso y maltrato de menores y discapacitados.

Resaltó que la prevención supone anticiparse a un mal, prepararse para evitar un daño "pero acá la asociación se presenta en un caso donde el daño se habría consumado y exige castigo a los responsables".

Sostuvo el abogado que "no es una asociación que pretenda prevenir homicidios dolosos sino que tratan de actuar antes y concientizar un proceso de agresión física o verbal a menores o discapacitados. Establece entre sus actividades sólo actividades de prevención respecto del maltrato".  

"EPAMM repudió y actuó ante la instalación de un baño unisex en una escuela de Talar de Pacheco, fue parte en el amparo presentado en la provincia de Salta para frenar el tratamiento de la ley que pretendía despenalizar el aborto para no obligar a la mujer a ser madre garantizando su autonomía, le otorgó por unanimidad el premio anual a la trayectoria a Mariana Rodríguez Varela, que se hizo famosa por repartir bebés de plástico en el debate por la legalización del aborto y es hija del ministro de Justicia de la última dictadura que paradójicamente no sólo robó bebés sino que los torturó delante de sus madres para obtener información, esta organización es la que hoy se presente pretendiendo darnos lecciones de moral mediante un castigo ejemplar", sostuvo.

Además, agregó que la asociación tiene un carácter irregular en la Inspección General de Justicia, dado que no ha renovado sus autoridades ante el órgano de contralor desd eel 2005, ni ha presentado balances desde el 30 de junio de 2014 a la fecha. "El no presentar la renovación de autoridades supone que sus autoridades carecen de representación frente a personas ajenas a la asociación", planteó Cicciarello.

11 junio, 2019
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