El caso se originó en el 2015, "ha tardado la resolución del Inadi", que resolvió que el acto de no permitir el viaje y no renovar la matrícula constituía una discriminación.
Explicó que hay dos hechos fundamentales, "la institución deniega posibilidad de asistir a un viaje de estudios, 8 años que cursaba cuarto grado, basado en cuestiones de disciplina del menor, por falta de concentración e inconductas hacia mayores y compañeros, en octubre de 2015".
Luego se notifica que la institución decide no renovar la matrícula para el año siguiente, para lo que sería un quinto grado, "con todo lo que significa para el menor y la familia".
Comentó que estas acciones obedecen a algún desorden que tiene y por el cual está recibiendo un tratamiento.
En febrero de 2016 la madre la consulta para ver qué hacía porque en marzo no tenía vacante en ninguna institución. El caso se presenta en el INADI y se eleva a la sede central. "Hace unas semanas notificaron que el acto de no permitir el viaje y no continuar en la institución constituía un acto discriminatorio, no arbitraron los medios para integrar al menor, de hecho hoy por hoy está debidamente integrado en otra institución".
Explicó que la resolución del Inadi es un antecedente, no es vinculante para una cuestión judicial, "estamos en una presentación civil, la idea de la familia es que la institución recapacite y se tome como antecedente para otros casos similares".
Enfatizó que "un niño no puede ser encasillado en un nivel de anticonducta adrede y entonces lo sacamos del sistema, hay que integrarlo, ver de qué se trata".
Comentar