El juez revocó la prisión domiciliara a Vázquez, acusado de conducír a 110 km/h y bajo efectos del alcohol

Judiciales

La re formulación de cargos incluyó la presentación de pruebas que estimaron bajo qué condiciones manejaba el acusado. Pidió adelantar la fecha de juicio y retirar el beneficio de la prisión domiciliaria. Le adjudicó el delito de homicidio culposo por conducción temeraria, negligente, imprudente y antirreglamentaria.

Sergio Matías Vázquez presenció la reformulación de cargos.
Noticiero Seis

La audiencia de re formulación de cargos en la causa por la muerte de Lucas Caro (17) aportó nuevos datos respecto a la fatídica noche del 27 de febrero. La fiscal Betiana Cendón fue quien pidió el espacio en el que, además de revelar las pruebas con las que cuenta la investigación, solicitó que se adelante la fecha del juicio.

La fiscal detalló que en las horas previas al fatídico desenlace, Sergio Matías Vázquez había participado de un cumpleaños en un predio del kilómetro 14,600 de Bustillo, lugar al que llegó a las 16 y se retiró cerca de la medianoche. Además dio cuenta del testimonio de los presentes, quienes dijeron haberlo visto tomando bebidas alcohólicas y retirarse en su vehículo pero sin acompañantes.

Según las pericias a las que accedió Cendón, el acusado manejaba bajo los efectos de una graduación alcohólica –estimada- de 1,52 g/L y que, al momento del impacto, el vehículo viajaba a 110 km/h en una zona cuya máxima permitida es de 60 km/h.

La información aportada por la fiscal permitió conocer que Lucas caminaba junto a su novia y la madre de ella por la banquina, en forma correcta. Sin embargo, Vázquez se salió del carril e ingresó de “manera intempestiva” y golpeó al joven, quien sufrió fractura de cráneo y contusión pulmonar, provocándole la muerte inmediata.

Cendón también recordó que los testimonios recabados indicaron que, tras el choque, Vázquez decidió escapar del lugar sin socorrer a la víctima y que recién pudo ser localizado a las 8,30 de la mañana siguiente. A raíz de este accionar es que la Fiscalía decidió calificar al autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo por conducción temeraria, negligente, imprudente y antirreglamentaria.

Entre las pruebas ofrecidas, también presentó el testimonio de un trabajador que se acercó a ayudar y relató los inconvenientes que tuvieron para trasladar el cuerpo de Lucas hasta la banquina para asistirlo con maniobras de RCP.

El informe del perito Néstor Vidal fue otra de las pruebas relevadas. El especialista concluyó que el vehículo, un Subaru Legacy, se encontraba en “óptimas condiciones”. En este punto, Cendón agregó que se trata de un auto con “características puntuales”, lo categorizó como un vehículo de rally, y recordó que en su guardabarros se encontró un trozo de la ropa de la víctima.

“El trabajo puede acotarse y no hace falta esperar hasta los primeros días de julio”, afirmó la fiscal, quien estimó que el 1 de junio estarían en condiciones por dar por terminado el legajo. También se refirió a la necesidad de revocar la prisión domiciliaria y alojar a Vázquez en un establecimiento oficial.

Entre los argumentos para este último pedido dijo que Vázquez condujo de manera “temeraria” ya que sabía que no podía hacerlo de esa manera y sin embargo lo hizo. También señaló los videos aportados por otros testigos, en los que se podría observar a Vázquez a bordo de su auto y pasando autos de manera irregular. “Mantenía una conducta de insensibilidad y desprecio por las normas”, afirmó para luego remarcar que el acusado huyó de la escena.

Finalmente el Juez Juan Pablo Laurence explicó detalladamente los argumentos que sustentaron que hiciera lugar al pedido fiscal revocando la prisión preventiva domiciliaria y disponiendo la continuidad de la misma en un complejo de detención.

"La evidencia que se ha agregado hoy es de peso y podría ser fundamental para brindarnos certeza de que usted es autor de los delitos endilgados, ésto provoca una variación en aquella situación a la que se agregan varias agravantes como la fuga, los efectos del alcohol en un alto grado de consumo y la excesiva velocidad, aspectos que dan cuenta de una conducción temeraria", finalizó el magistrado.

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30 marzo, 2021
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