La Corte no habilitó a Weretilneck

Política

La Corte Suprema de Justicia de la Nación no habilitó la candidatura de Alberto Weretilneck para el próximo 7 de abril. Por mayoría, los jueces entendieron que el artículo 175 de la Constitución Provincial es claro y establece un límite. Consideraron que cualquier otra interpretación "es violatoria de la voluntad constituyente".

Página Corte Suprema

Mientras que Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco consideraron que la Corte no debía intervenir en una cuestión provincial; Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda y Horacio Rosatti entendieron que el alcance del artículo 175 de la Constitución Provincial es claro. Consideraron los jueces que "la vigencia del sistema republicano presupone de manera primordial la periodicidad y renovación de autoridades".

Los jueces tomaron como antecedente el fallo de la corte de 2013 en Santiago del Estero en que se impidió a Gerardo Zamora ir por un tercer mandato.  

Consideraron los jueces que según la intención del legislador "corresponde concluir que la variable prohibida por el texto constitucional es que quien haya ejercido dos períodos en ambos o en uno de los cargos citados, sea electo como gobernador o vicegobernador, ya que ello implica su perpetuación por tres períodos consecutivos".

En disidencia el juez Rosenkrantz resolvió rechazar el amparo al considerar que no están dadas las condiciones para "que esta Corte ejerza su jurisdicción revisora en defensa de la supremacía de la Constitución Nacional y en especial, del sistema republicano que ella garantiza".

Por su parte, en el mismo sentido la jueza Highton de Nolasco consideró que se trata de cuestiones de interpretación de una cláusula de la Constitución Provincial y "no se verifican en autos las excepcionales circunstancias que, conforme a la doctrina de este Tribunal, habilitan su jurisdicción". Consideró que intervenir implicaría "avasallar la autonomía provincial por cuanto, como se manifestó, en nuestro sistema federal de gobierno no cabe duda alguna de que son los órganos jurisdiccionales provinciales los naturales intérpretes de las normas de derecho público local".

También la Corte resolvió rechazar la candidatura de Sergio Casas en La Rioja, en este caso por unanimidad. Casas quiso realizar una enmienda constitucional para ser habilitado como candidato, tras haber sido vicegobernador del 2011 al 2015 y gobernador, desde el 2015. 

El 26 de febrero el Tribunal Electoral Provincial hizo lugar a las impugnaciones presentadas por el FpV y Cambiemos y resolvió no oficializar la candidatura de Weretilneck dando comienzo a una larga batalla judicial.

La discusión giraba en torno del artículo 175 de la Constitución provincial, que señala que "el gobernador y el vicegobernador pueden ser reelectos o sucederse recíprocamente por un nuevo período y por una sola vez".
El gobernador fue electo en el 2011 como vice, pero asumió como gobernador tras la muerte de Carlos Soria. Luego, en 2015 fue elegido gobernador. Desde Juntos Somos Río Negro consideran que esa fue su primera elección como candidato a gobernador, dado que anteriormente se había presentado como vice y por tal motivo está habilitado para presentarse nuevamente como candidato a gobernador. Señalan que no está inhabilitado por que no fue dos veces electo gobernador o dos veces electo vicegobernador.

Sin embargo, para la oposición y el Tribunal Electoral Provincial, al integrar la fórmula ya no puede presentarse nuevamente porque se trata de una reelección.

La resolución del Tribunal Electoral fue apelada por Juntos y el  6 de marzo el Superior Tribunal la revocó, oficializando la candidatura de Alberto Weretilneck.

Luego la medida fue apelada por la oposición, que acudió a la Corte Suprema de Justicia. Inicialmente se conoció un dictamen de la procuradora de la nación, Laura Monti, que recomendó a la Corte no intervenir en la cuestión al considerar que "el proceso resulta ajeno al conocimiento del Tribunal". Sin embargo, la Corte resolvió intervenir y la procuradora analizó el caso y emitió un nuevo dictamen, no vinculante, en el que recomendó no habilitar la candidatura de Weretilneck al considerar que no resulta "ajustada a derecho" y que "vulnera el principio republicano de gobierno".

Ver el fallo de la Corte

 

22 marzo, 2019
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