Ordenan el desalojo de uno de los predios tomados por mapuches en Villa Mascardi

Judiciales

Se trata del predio Hueche Ruca que fue anexado a las tierras ocupadas por la Lof Lafken Winkul Mapu. Fueron imputadas cuatro mujeres y se ordenó la restitución de las tierras al Obispado de San Isidro. Durante la audiencia judicial se registró un nuevo ataque a los agentes de la Comisaría 42 por parte de los ocupantes.

El ingreso al predio anuncia que la Lof tomó posesión del lugar.
MPF

*Por Leonardo Carrizo

La comunidad Lafken Winkul Mapu deberá ser desalojada del predio vecino a la toma que se inició a mediados de 2017, en terrenos de Parques Nacionales, en Villa Mascardi. Así lo resolvió el juez de Garantías Martín Arroyo tras una extensa audiencia que se concretó este jueves (22/10) y que fue presenciada por cuatro mujeres de esa agrupación mapuche.

El caso que analizó el magistrado tenía al Obispado de San Isidro como una de las partes del conflicto, ya que el pasado 1 de abril fue despojado del predio en el que se cosntruyó la cabaña Hueche Ruca. Desde entonces, según el aporte de la querella y el Ministerio Público Fiscal, el lugar fue saqueado por los ocupantes quienes incluso procedieron a la tala de los árboles de la zona sin autorización alguna.

Este accionar formó parte de la presentación de la fiscal Betiana Cendón, quien en primera instancia recordó que el Obispado adquirió el predio de manos de Parques Nacionales y luego se concentró en lo ocurrido aquella tarde. Para ello se hizo eco del testimonio del cuidador del predio cuya vivienda fue agredida por cuatro personas encapuchadas que arrojaron piedras contra el techo. Al salir a su encuentro, el hombre fue abordado por los agresores, quienes se presentaron como integrantes de la comunidad mapuche y le exigieron dejar el lugar ya que el predio formaría parte del territorio reclamado.

“Lo amenazaron con prenderle fuego la camioneta y le dijeron que abandone el lugar”, indicó Cendón acerca del tenso momento que marcó la última vez que el trabajador pudo habitar la cabaña, no sin antes acusar que, desde entonces, el lugar permanece custodiado por encapuchados que portan armas de fuego. La fiscal hizo hincapié en la permanencia de los miembros de la comunidad en ese sector, con varias banderas sobre la tranquera de ingreso, anunciando la posesión bajo la orden de la Lof Lafken Winkul Mapu.

A pesar de que nueve personas fueron notificadas de los cargos que le serían imputados en la audiencia, solo cuatro mujeres se presentaron para ser acusadas de coautoría en el delito de usurpación. La joven machi de la comunidad, Betiana Colhual, María Nahuel, Joana Colhual y  Yéssica Bonnefoi, permanecerán bajo investigación judicial. La identificación de los presuntos autores no fue tarea sencilla para la Fiscalía. Es que, a pesar de varios intentos, incluso mediante un requerimiento policial, no lograron hacerse de las identidades sino hasta el cruzamiento de datos con la Justicia Federal.

Sin embargo un dato que tomó relevancia para la decisión del Juez fue la falta de registros en las instituciones vinculadas directamente a los pueblos originarios. Este es el caso del Consejo de Desarrollo de Comunidades Indígenas (CODECI) de Río Negro, espacio en el que no existen registros más allá de la existencia de la propia Lof, ya que les fue imposible llevar adelante un relevamiento para oficializar a la nueva comunidad mapuche.

Ni siquiera Julián Fernández Duarte, abogado del Instituto Nacional de Asuntos Indígena (INAI), pudo ofrecer una respuesta  a la Fiscal ya que tampoco se inició una tramitación por el terreno “recuperado”.

La defensa

Nelson Vigueras fue el encargado de asistir a las acusadas y logró desarticular el pedido de captura que había solicitado el apoderado del Obispado, el abogado Ernesto Saavedra, porque los agentes policiales no cumplieron en notificar en forma individual a los nueve señalados.

El defensor oficial basó su estrategia en el desconocimiento de identidad de los encapuchados por parte de la fiscalía, habló de “orfandad probatoria” de la querella y mencionó que las mujeres no cometieron ningún delito por el solo hecho de integrar un grupo.

Captura de video

A esta tesis se sumó María Colhuan, quien criticó el proceder policial en la notificación y dijo que se le hizo entrega de la documentación a su hijo que es paciente de salud mental. “Lo engañaron, lo amenazaron”, describió y criticó a Cendón por acusarlas sin poder constatar la identidad de quienes tenían sus rostros cubiertos.

La Fiscal terminó por reconocer la situación familiar de Colhuan y pidió no acompañar el pedido de captura y rebeldía porque no fueron avisados personalmente.

Restitución del predio

Pero el caso no terminó en la investigación de lo ocurrido aquella tarde del 1 de abril. Es que la fiscal Cendón pidió restituir en forma “urgente” el predio señalado ante los daños que se podrían continuar provocando a la propiedad, aunque sin plazo legal por los recaudos que deberán tomar para llevar adelante la medida.

Además dio a conocer que la justicia sigue la pista de un “modus operandi” de la Lof Lafken Winkul Mapu. “La modalidad es siempre la misma, usurpo, robo y quemo”, describió acerca de una presencia “violenta, dañina” en Villa Mascardi.

La decisión del Juez

Luego de poco más de seis horas de debate, Arroyo decidió no ordenar la captura por la falta de certezas de que todas las personas hayan sido notificadas, aunque no descartó que se sumen imputados en el transcurso de la investigación que se llevará a cabo durante los próximos cuatro meses. “Si bien se dice que la ocupación es un delito instantáneo con efectos permanentes, nada impide que una persona ingrese después y sea sujeto de imputación, agregó.

El Juez aclaró que no se puso en discusión el derecho a la propiedad de las comunidades originarias y dejó en claro a las acusadas que “los derechos legítimos no habilitan a reclamarlos por vías ilegítimas”, en relación al proceder de la Lof con el correr de los meses.

También valoró el aporte realizado por el fiscal adjunto Marcos Sosa Lukman, quien hizo referencia a un reclamo de la comunidad Wiritray, que mantiene presencia histórica en Mascardi y es reconocida por el INAI, ya que el predio reclamado por la otra comunidad se encuentra dentro de las 7.000 hectáreas que les otorgó el gobierno nacional. Según interpretó el Juez, esta situación genera una “doble afectación” porque también contempla al Obispado que tiene derechos reales sobre las tierras.

Arroyo también advirtió el peligro en la demora de la restitución del predio ante el deterioro de la cabaña Hueche Ruca y dijo que la consolidación de la toma podría dificultar aún más el retorno de los dueños. No obstante dijo que el acto no tiene que ser “inmediato” y que se deberán seguir los protocolos que incluyen instancias de diálogo, que deberá supervisar el Ministerio Público Fiscal, para lograr el cometido sin convocar a la fuerza pública.

22 octubre, 2020
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