"Hay que esperar a ver qué acciones toma la parte actora", dijo la abogada al ser consultada sobre cuándo la sentencia queda firme. Explicó que se descartaron los argumentos interpuestos para plantear la inconstitucionalidad. "Consideró que la ordenanza goza de los atributos que le confieren constitucionalidad respecto a la norma vigente y por lo tanto su validez", explicó respecto a la sentencia del STJ.
Remarcó que el municipio goza de plena autonomía administrativa, institucional, política y económica, esto significa que el orden republicano le garantiza que provea sus medios para subsistencia, uno es la creación de impuestos. Explicó que la tasa es un tributo especial que se caracteriza por la contraprestación que el estado realiza a quien la paga, es un servicio que le presta, en este caso la creación de la tasa está fundamentada en que el Estado le presta un servicio turístico a quienes visitan la ciudad.
La abogada afirmó que "el proceso se resolvió por la prueba, en la prueba el estado municipal acreditó que los fondos que ingresan en concepto de Ecotasa son invertidos en obras de servicios, infraestructura y cuidado del ambiente, al probar el fundamento de la tasa ésta quedó legalizada en cuanto a su constitucionalidad".
Consideró que con este fallo se refuerzan los fundamentos de la Ecotasa y se seguirá invirtiendo en obras y servicios tal como ha quedado demostrado en la utilización de sus recursos.
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